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El programa Erasmus tiene como objetivo atender las necesidades de enseñanza y aprendizaje de todos los participantes en educación superior, incluidos los estudios de doctorado.
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DERECHOS DEL ESTUDIANTES ERASMUS
- La universidad de origen y de acogida deben tener firmado un acuerdo inter-institucional.
- La universidad de origen y de acogida deben suscribir con el estudiante, antes de su partida, un acuerdo de estudios/formación, que establezca el programa de estudios/trabajo previsto, incluyendo los créditos que se obtendrán.
- La universidad de acogida no percibirá retribución alguna en concepto de tasas de matrícula, exámenes, acceso a laboratorios y bibliotecas durante el periodo de estudios/prácticas Erasmus.
- La universidad de origen deberá otorgar pleno reconocimiento académico a las actividades realizadas satisfactoriamente durante el periodo de movilidad Erasmus, de conformidad con el acuerdo de estudios/formación.
- Al final de los estudios/prácticas en el país europeo, la universidad/empresa de acogida emitirá y firmará un certificado –certificado académico o certificado de trabajo– en el que figurarán los créditos y las calificaciones obtenidas. Si el periodo de prácticas en empresas no forma parte del plan de estudios, el periodo al menos quedará reflejado en el Suplemento Europeo al Título.
- El estudiante Erasmus recibirá en la universidad de acogida el mismo trato y los mismos servicios que los estudiantes de esta universidad.
- El estudiante tendrá acceso a la Carta Universitaria Erasmus y a la Declaración de Política Europea de sus universidades de origen y de acogida.
- Las becas o préstamos del país de origen se mantendrán durante el periodo de estudios en el país europeo.